AUTORIZACIÓN PARA LA FABRICACIÓN
DE PRODUCTOS A GAS Y/O COMBUSTIBLES LIQUIDOS
QUE SEAN COMERCIALIZADOS DENTRO DEL TERRITORIO NACIONAL
La certificación de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), permite obtener una autorización para comercializar productos que tienen la obligación de estar certificados en Chile, cuando no existe un organismo de certificación autorizado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) para tales efectos.
La autorización se otorga a través de una resolución exenta.
Importadores y fabricantes de productos eléctricos, a gas y/o combustibles líquidos, cuya solicitud cumpla con los requisitos indicados en el artículo 9º del decreto Nº 298, de 2005, del Ministerio de Economía, que aprueba el reglamento para la certificación de productos eléctricos y de combustibles.
Para productos nacionales:
Electromecánica RHENSA para sus productos ROASTER ® debe cumplir con todas las normas o especificaciones técnicas utilizadas para la fabricación de los productos.
Manual de uso, mantenimiento e instalación de los productos, según corresponda. Antecedentes que demuestren que los productos cuenta con un control de calidad del proceso de fabricación, el cual debe ser efectuado por un organismo de certificación de sistemas de calidad acreditado (por ejemplo: ISO 9001).